Ley 21.505
Ley publicada el 21 de noviembre de 2022 que promueve el almacenamiento de energía y la electromovilidad. Modificó la Ley General de Servicios Eléctricos para que el almacenamiento, aun sin central asociada, venda energía y potencia, e inyecte bajo net billing.
- También conocido como
- ley de almacenamiento, ley de almacenamiento de energía, Ley 21505, ley de almacenamiento y electromovilidad
- Categoría
- Normativa y tarifas
La Ley 21.505, cuyo título oficial es "Promueve el almacenamiento de energía eléctrica y la electromovilidad", fue promulgada el 8 de noviembre de 2022 y publicada en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 2022. No es un cuerpo legal autónomo: tiene un artículo único que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) en sus artículos 72°-2, 72°-17, 72°-18, 149°, 149° bis, 149° ter y 225, más tres artículos transitorios. Su técnica es agregar los sistemas de almacenamiento de energía (SAE) donde la ley solo nombraba a los medios de generación: coordinación, venta de energía y potencia, conexión a la red e inyección bajo net billing. También incorporó al artículo 225 el sistema generación-consumo —por ejemplo, producción de hidrógeno o desalinización con generación renovable propia—, que paga cargos de cliente solo por la energía y potencia que retira de la red.
En el mercado eléctrico, el cambio de fondo está en el artículo 149°. Desde la Ley 21.505, todo propietario de un sistema de almacenamiento sincronizado al sistema tiene derecho a vender la energía que evacue al costo marginal instantáneo y sus excedentes de potencia al precio de nudo de la potencia, participando en las transferencias entre empresas. Las distribuidoras, además, deben permitir la conexión de sistemas de almacenamiento con excedentes de hasta 9.000 kW. La bajada reglamentaria vino después: el D.S. N° 70 de 2023 del Ministerio de Energía, publicado el 5 de junio de 2024, sumó los sistemas de almacenamiento a la asignación de potencia de suficiencia, y el D.S. N° 1 de 2026, publicado el 13 de junio de 2026, extendió el reglamento de pequeños medios de generación a los sistemas de almacenamiento de pequeña escala.
En el autoconsumo, la ley modificó el artículo 149 bis, el del net billing: los usuarios finales sujetos a fijación de precios que dispongan de sistemas de almacenamiento, incluidos los que forman parte de un vehículo eléctrico, pueden inyectar a la red de distribución la energía que generen o almacenen. No cambió el tope de 300 kW por inmueble o instalación ni el precio de las inyecciones: la energía que entrega una batería se descuenta de la cuenta como cualquier otra. Para una empresa, la batería queda reconocida, pero el net billing no la exige ni la premia: conviene cuando el perfil de consumo rentabiliza guardar el excedente del mediodía. El reglamento de generación distribuida (D.S. N° 57 de 2020) no trae reglas propias para el almacenamiento en su texto de 2020; el Ministerio de Energía abrió en 2024 su actualización, junto con la del D.S. N° 88.
Lo que más se confunde es qué creó esta ley. El concepto legal de sistema de almacenamiento no nació con ella: lo definió la Ley 20.936, de 2016, en el artículo 225 de la LGSE. Lo que faltaba, y lo que habilitó la 21.505, es que los sistemas puros de almacenamiento, no asociados a una central, participen de las transferencias de energía y potencia. Tampoco hay que mezclar sus dos mundos: la batería detrás del medidor de una empresa descuenta su propia cuenta bajo net billing, mientras que un SAE coordinado vende al costo marginal (lo desarrolla el término BESS). Y en electromovilidad hace dos cosas: reconoce la batería del vehículo eléctrico como almacenamiento dentro del net billing y exime total o parcialmente del permiso de circulación a ciertos vehículos eléctricos; la regulación de la interoperabilidad de la recarga, en cambio, viene del artículo 6° de la Ley 21.305.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es la Ley 21.505?
- Es la ley chilena que promueve el almacenamiento de energía eléctrica y la electromovilidad, publicada en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 2022. Tiene un artículo único que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos para incluir a los sistemas de almacenamiento donde antes solo figuraban los medios de generación: coordinación, venta de energía y potencia, conexión a redes de distribución y net billing. Suma tres artículos transitorios, uno de ellos sobre el permiso de circulación de vehículos eléctricos.
- ¿Qué cambia la Ley 21.505 para el net billing?
- Amplía el derecho a inyectar del artículo 149 bis de la LGSE a la energía de sistemas de almacenamiento, incluidos los que forman parte de un vehículo eléctrico. No cambió el tope de 300 kW de capacidad instalada por inmueble o instalación ni el precio al que se valorizan las inyecciones, y el derecho sigue siendo solo de los clientes sujetos a fijación de precios. La ley reconoce las baterías dentro del net billing, pero no las hace obligatorias.
- ¿Qué son los sistemas de almacenamiento de energía según la ley?
- Según el artículo 225 de la LGSE, son el equipamiento tecnológico capaz de retirar energía del sistema eléctrico, transformarla en otro tipo de energía (química, potencial, térmica, entre otras), almacenarla e inyectarla nuevamente, contribuyendo a la seguridad, suficiencia o eficiencia económica del sistema. Esa definición la incorporó la Ley 20.936 en 2016; la Ley 21.505 la aplica al net billing y precisa que incluye las baterías de los vehículos eléctricos.
- ¿Puedo inyectar energía de baterías con net billing?
- Sí: desde la Ley 21.505, el artículo 149 bis de la LGSE da a los clientes sujetos a fijación de precios el derecho a inyectar a la red de distribución la energía que generen o almacenen, dentro del tope de 300 kW por inmueble o instalación. Esa energía se valoriza igual que cualquier otra inyección y se descuenta de la cuenta: no hay una tarifa especial por almacenar. Los requisitos de conexión y medición los fija el reglamento de generación distribuida, que conviene revisar antes de diseñar el proyecto.
- ¿Qué dice la Ley 21.505 sobre electromovilidad y vehículos eléctricos?
- Reconoce las baterías de los vehículos eléctricos como sistemas de almacenamiento que pueden inyectar energía bajo net billing, y exime del permiso de circulación a los vehículos eléctricos, a los híbridos con recarga eléctrica exterior y a otros calificados como cero emisiones fabricados en el año de publicación de la ley, el anterior o los siguientes. La exención es total por dos años contados desde el 1 de febrero siguiente a la publicación; después se paga el 25% del impuesto en el tercer y cuarto año, el 50% en el quinto y sexto y el 75% en el séptimo y octavo.
- ¿Cuándo se publicó la Ley 21.505?
- Se publicó en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 2022, tras ser promulgada el 8 de noviembre de 2022. Su artículo primero transitorio encargó al Ministerio de Energía dictar los reglamentos dentro de un año desde la publicación. Entre los que la implementan están el D.S. N° 70 de 2023, publicado el 5 de junio de 2024, sobre transferencias de potencia, y el D.S. N° 1 de 2026, publicado el 13 de junio de 2026, sobre medios de generación y sistemas de almacenamiento de pequeña escala.
Términos relacionados
Fuentes
- Ley 21.505, promueve el almacenamiento de energía eléctrica y la electromovilidad — BCN
- DFL N° 4/20.018, Ley General de Servicios Eléctricos (texto vigente) — BCN
- Ley 20.936, nuevo sistema de transmisión y Coordinador Eléctrico Nacional — BCN
- D.S. N° 70 de 2023, modifica el reglamento de transferencias de potencia — BCN
- D.S. N° 1 de 2026, modifica el D.S. N° 88 de 2019 (Diario Oficial) — Ministerio de Energía
- Actualización de los reglamentos D.S. N° 88 y D.S. N° 57 — Ministerio de Energía
Contenido revisado en octubre de 2026.