Empalme
Punto físico de conexión entre la red de la distribuidora y la instalación eléctrica de la empresa. Define el nivel de tensión y la capacidad disponible; para inyectar excedentes suele requerirse adecuarlo y verificar la capacidad instalada permitida.
- También conocido como
- acometida
- Categoría
- Conexión y trámites
El empalme es el conjunto de elementos y equipos eléctricos que conectan la unidad de medida de la instalación de un cliente con la red de la empresa distribuidora dentro de su zona de concesión. Es, literalmente, la frontera entre lo que administra la distribuidora y lo que es responsabilidad del usuario. El empalme queda bajo la administración de la distribuidora, que fija sus estándares constructivos y lo recepciona antes de energizarlo; su construcción puede ser ejecutada por el instalador eléctrico conforme a un proyecto proporcionado o acordado previamente con la distribuidora. Solo se energiza a instalaciones que cumplen la normativa vigente y que cuentan con la comunicación de energización inscrita ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). En Chile la materia está regulada por el Pliego Técnico Normativo RIC N°01 de la SEC, que define el empalme y fija sus reglas constructivas y de capacidad.
Dos atributos del empalme mandan sobre lo que una instalación puede hacer: el nivel de tensión y su capacidad. Por tensión, los empalmes se dividen en baja y media tensión (esta última, con tensión nominal igual o inferior a 23 kV). En baja tensión, un empalme monofásico entrega 220 V (fase y neutro) y un empalme trifásico entrega 380 V entre fases —más los 220 V entre fase y neutro—, configuración habitual en instalaciones industriales y comerciales. Por capacidad, la RIC N°01 establece que el empalme se dimensiona en función de la potencia total instalada declarada en la comunicación de energización efectuada ante la SEC, ajustada a valores normalizados: puede ser igual o inferior a esa potencia, pero nunca superior a ella. Esa capacidad, expresada en la práctica en amperes o kW, es la que limita cuánta potencia puede pasar por ese punto en ambos sentidos.
Para una empresa que evalúa autoconsumo solar bajo NetBilling, el empalme importa porque es el punto por donde también saldrán los excedentes hacia la red. La Ley 21.118, publicada en noviembre de 2018, modificó la Ley 20.571 de generación distribuida y elevó de 100 kW a 300 kW el límite de capacidad instalada que un cliente regulado puede conectar para autoconsumo, ampliando el mecanismo a proyectos de mayor tamaño con fines productivos. Pero ese techo legal no es automático: la capacidad de generación no puede superar la capacidad del empalme al que se conecta, ya que el punto de conexión debe ser capaz de transportar la potencia máxima del equipo. Por eso, un proyecto solar cuya potencia se acerque o exceda la capacidad del empalme existente puede exigir adecuar o aumentar ese empalme antes de conectarse.
La confusión frecuente es tratar el empalme como si fuera lo mismo que la capacidad de generación permitida. Son cosas distintas pero encadenadas: el empalme fija el techo físico de potencia del punto de conexión; la capacidad instalada permitida (CIP) es cuánta generación la distribuidora deja conectar en ese punto sin obras adicionales; y la inyección de excedentes permitida (IEP) es cuánta potencia puede fluir hacia la red, sin superar nunca la CIP. Si el proyecto queda dentro de la CIP y la IEP, se procede a la conexión; si las supera, igual puede conectarse, pero solo después de que la distribuidora realice los estudios correspondientes y se ejecuten las adecuaciones u obras que resulten —lo que suele traducirse en plazos y costos adicionales que conviene anticipar en la evaluación del proyecto.